Las últimas noticias de la sentencia del Tribunal Supremo sobre el impuesto de los gastos de hipoteca dictamina que debe ser el cliente, y no el banco, quien pague el impuesto de actos jurídicos documentados. Una sentencia desfavorable del Supremo.

Los pasados días 5 y 6 de Noviembre se reunieron 31 Magistrados del Tribunal Supremo para dictaminar quién debe pagar el impuesto de actos jurídicos documentado. Esto es debido a las diferentes sentencias que se habían dictado con anterioridad. La sentencia del pasado 16 de octubre de 2018, que daba la razón al cliente y dictaminaba que era el banco el que se debía hacer cargo del impuesto, contradecía a la anterior sentencia de febrero pasado. Finalmente asistieron 28 de los 31 magistrados, y votaron 15 a favor del banco frente a 14 que le daban la razón al cliente.

Esto es un varapalo para los usuarios que afecta a varios millones de hipotecas y salva a la banca de tener que devolver más de 4.000 millones a sus clientes (por el momento).

Muchas personas creen que dicha decisión ha sido tomada bajo mucha presión del sector bancario y que es una situación insólita que se resolverá favorablemente cuando llegue al Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Es muy posible que esto ocurra, ya que no es la primera vez que sucede, ha pasado con otros productos bancarios de hipotecas considerados abusivos para el cliente, que se han resuelto favorablemente al llegar al Tribunal Europeo. El caso más reciente es la Cláusula suelo.

Debemos aclarar varios puntos de los que se ha hablado estos últimos días y pueden causar confusión:

  1. El resto de gastos hipotecarios sí se siguen pudiendo reclamar sin ningún problema y tienen todas las probabilidades de éxito que ya tenían incluso antes de esta sentencia. Hablamos de los gastos de Notario, Registro, Tasación y Gestoría.
  1. Dicho impuesto de actos jurídicos documentados no se debe reclamar ahora, pero en un futuro próximo, cuando el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictamine la sentencia final, se podrá reclamar sin problema si la sentencia es favorable (nosotros creemos que lo será)
  1. Que no es cierto que solo puedan reclamar las hipotecas firmadas en los últimos cuatro años. Lo puede reclamar cualquier persona que disponga de la documentación necesaria sin prescripción de tiempo.
  1. El importe que supone para la banca el impuesto de la hipoteca no es mucho, así que no es cierto que pueda llevar a la quiebra al sector bancario. Ya se han llevado a cabo más sentencias que resultaban perjudiciales para la banca, de importes mucho mayores y no ha habido quiebras, el caso más reciente lo tenemos en la cláusula suelo que supuso mucho más dinero a la banca y no tuvo ninguna consecuencia grave para el sector.

Toda esta información confusa que aparece en medios de comunicación no deja de ser noticias patrocinadas por bancos que lo que intentan es desalentar a los consumidores y que reclame el menor número de personas posible. Nosotros queremos animar a la gente a que reclame y recupere su dinero, es decir, lo que le corresponde por derecho.

Os aconsejamos que consultéis vuestro caso con un abogado especialista en hipotecas y que reclaméis vuestros derechos. Hay abogados que no cobran del cliente, solo del banco una vez ganado el proceso, por lo que recuperar el dinero os puede salir completamente gratis y sin tener que adelantar nada de dinero.

Esta noticia no hace más que retrasar en el tiempo lo que muchos expertos consideran un triunfo seguro del consumidor frente al banco en el Tribunal Europeo, solo debemos esperar a que esa sentencia favorable se dicte para reclamar el impuesto y mientras tanto, reclamar los demás gastos como Notario, Gestoría, Registro y Tasación.