Ya queda muy poco para conocer la sentencia sobre IRPH que va a dictar el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, será el próximo 3 de marzo de 2020, así que en este artículo desde Nogués Abogados os queremos plantear los distintos escenarios que puede contemplar esa sentencia del IRPH. Sois muchísimos los afectados por ese índice en vuestras hipotecas -algunas estimaciones calculan que más de 1 millón de afectados- y a todos os queremos explicar qué puede pasar con la sentencia y sus consecuencias económicas.

Tenemos que recordar que ya la Comisión Europea consideró abusivo el IRPH y el propio Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Sr. Maciej Szpunar, estableció en su Informe del pasado 10 de septiembre que el IRPH puede no ser un índice transparente, abriendo la vía para que la Sentencia así lo declare. Por eso si bien la futura sentencia puede contravenir ese informe y el dictamen de la Comisión Europea estableciendo el IRPH como un índice legal, trasparente y no abusivo, parece poco probable que así lo haga. En la inmensa mayoría de los casos la sentencia continúa la línea marcada por el referido Informe del Abogado General.

Así las cosas, os queremos señalar los 4 posibles escenarios que podrían darse con la próxima sentencia del IRPH del próximo día 3 de marzo de 2020. Por eso si la sentencia dictamina que el IRPH no es transparente pudiendo declararlo abusivo ¿Qué sucedería con las hipotecas?

1.- El primer escenario, y más beneficioso para los consumidores, sería el que se planteó en la Comisión Europea, que es la subsistencia del préstamo hipotecario sin IRPH y sin ningún otro tipo de interés. Si la sentencia se decanta por esta posibilidad, los consumidores solo devolverían el capital que les prestó el banco pero sin devolver ningún tipo de interés. Eso conllevaría no solo una rebaja importante del recibo mensual, sino que las devoluciones que tendrían que hacer los bancos y las cajas a cada hipotecado serían muy altas. Así en una hipoteca de unos 170.000 Euros, las devoluciones podrían llegar a superar los 72.000 Euros.

Como decíamos es el escenario más interesante para los consumidores, que implica unas devoluciones muy elevadas.

2.- El segundo escenario sería que la sentencia declarase poco transparente el IRPH y lo sustituyese por otro índice, el más común en los prestamos hipotecarios, el EURIBOR. Recordemos que el IRPH siempre ha estado más alto que el EURIBOR, unos dos puntos por encima de media, por lo que igualmente bajarían los recibos mensuales y las devoluciones serían altas, algo menores que en el caso anterior, estimadas en unos 50.000 Euros entre intereses y amortización de capital.

3.- El tercer escenario es similar al anterior, sustituyendo el IRPH por el Euribor pero manteniendo el diferencial que ya se aplicaba en la hipoteca al IRPH, que puede oscilar generalmente entre un 0,10% y un 0,30%. Así si por ejemplo, hasta ahora el consumidor pagaba un interés de IRPH + diferencial del 0,10%, en este escenario pagaría el Euribor + el mismo diferencial del 0,10% que aparece en su hipoteca. Por ello en el ejemplo de hipoteca de 170.000 Euros que estamos utilizando en este artículo, la devolución que tendría que hacer el banco sería de unos 35.000 Euros.

4.- El último de los escenarios posibles de la sentencia del IRPH sería la sustitución del IRPH por el EURIBOR, como en los escenarios anteriores, pero aplicando un diferencial diferente del que conste en la hipoteca de cada uno de los afectados, concretamente el diferencial medio aplicado a este tipo de hipotecas en el año de su contratación referenciado al Euribor, que podría oscilar entre un 0,50% y un 1%. Es por tanto un diferencial superior al existente en el IRPH, pese a lo cual los recibos mensuales bajarían y la devolución en el ejemplo de hipoteca de 170.000 Euros que estamos utilizando sería de unos 20.000 Euros.

Estos son los 4 escenarios probables que podrán darse en la próxima sentencia del IRPH del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del próximo 3 de marzo de 2020. Por ello habrá que estar atentos no solo a si el IRPH es o no trasparente y abusivo, sino también a si el IRPH se sustituye o no por el Euribor, y el diferencial que pudiera aplicarse. De todo ello os mantendremos informados en Nogués Abogados, especialistas en Derecho Bancario.

Para hacernos una consulta de tu caso particular sin ningún coste o compromiso os dejamos enlace al formulario de contacto de Nogués Abogados

Os dejamos este vídeo que os detalla lo que os hemos contado en este artículo de la sentencia de IRPH del próximo 3 de marzo de 2020

 

Si continuas utilizando este sitio, aceptas el uso de las cookies. Más información

Las opciones de cookie en este sitio web están configuradas para "permitir cookies" para ofrecerte una mejor experiéncia de navegación. Si sigues utilizando este sitio web sin cambiar tus opciones o haces clic en "Aceptar" estarás consintiendo las cookies de este sitio.

Cerrar